Administradores de fincas en Bilbao: consejos para ampliar el orden del día

Uno de los problemas más comunes entre los que deben resolver los administradores de fincas en Bilbao son los relativos al derecho que tienen los propietarios de incluir un punto en el orden del día, puesto que se trata de una petición que en ocasiones es negada por factores que suelen ser ajenos a la voluntad del presidente, pero también ocurre que es desechada por negligencia de este.

Para empezar, este es un derecho de todos los propietarios, su fundamento legal lo encontramos en el artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal y se lleva a cabo mediante un procedimiento sencillo que inicia con un escrito que cualquiera de ellos puede realizar. El mismo, deberá ser dirigido al presidente de la comunidad, el cual, de acuerdo con el mencionado artículo se tendrá en cuenta en la siguiente junta que se celebre.

Así mismo, en él se expresará de forma clara y detallada cuáles son dichos puntos. Este aspecto requiere mucha atención, ya que si se presta a confusión, será rechazada la petición. Por ejemplo, si el interés es discutir la conveniencia de instalar portones levadizos automáticos lo correcto es plantearlo específicamente y no divagar en temas tan generales que impidan saber cuál es su interés.

Administradores de fincas en Bilbao

¿Qué hacer cuando se ha ignorado el escrito?

Ahora bien, si todo es tan sencillo ¿por qué surgen los problemas? Porque la mayoría de los propietarios no saben actuar correctamente.

Todos sabemos que tenemos a nuestra disposición la vía judicial para presentar nuestras quejas y dejar que sea un juez quien se encargue del asunto. Pero lo correcto no es actuar en función de dicho resultado, sino del curso natural y amistoso de nuestro requerimiento.

Por ello, es recomendable que del escrito que presentemos requiriendo la inclusión de un punto en el orden del día, hagamos una copia, que también sea firmada por el presidente de la comunidad. Este documento servirá para presentarlo al administrador de fincas como prueba de que efectivamente se han cumplido con los pasos legales.

Si procedemos así, el administrador de fincas se encargará de que ningún olvido, descuido o error evite que se tenga en consideración lo que hemos pedido.

Esta es una forma más inteligente de actuar, en virtud de que por una parte es amistosa, sin confrontaciones ni pleitos que, para la fase inicial, son innecesarios y también porque así aprovechamos las ventajas que nos aporta el administrador de fincas.

Por supuesto, si a pesar de ello, resultare infructuoso nuestro esfuerzo por ser escuchados, entonces será conveniente optar por otras alternativas, entre las que conviene valorar la intervención de un juez para que, mediante su autoridad, restituya el orden legal.

 

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